viernes, 31 de enero de 2014

comité de salud y seguridad


USO INFORMA.

Hola a tod@s.

Este lunes 10 de febrero se reúne el CSS (comité de salud y seguridad), a dicha reunión asistirá Juanma Castro  como delegado de prevención de USO- Cádiz. Como en otras veces os lo comunicamos por si tenéis algún problema o consulta que queráis que traslademos a dicho comité.
Saludos y seguiremos informando

viernes, 17 de enero de 2014

la reunion


USO informa.

Hola a tod@s.

Reunión de intercentros.

No os vamos a hablar de lo que pasó porque eso se lo dejamos a l@s que fueron
a Madrid. Lo que si podemos decir después de visto los que han publicado dos
de los sindicatos que han asistido a la reunión, y a espera de lo que publique
el sindicato que tiene mayoría en el intercentros.

Os podemos decir que la empresa se ha mantenido en su postura sobre el día 29 y
a dicho que no descarta volver a re realizarlo. Lo cual es normal, lo que ya no
lo es tanto es que el comité intercentros se limite a decirle que si lo hacen
tomaran medidas.

Esta gente se piensa que la empresa y l@s trabajador@s  son tont@s, las medidas
ya las han tomado algunos sindicatos individualmente y nuestro comité aquí en
Cádiz al completo.

Demostrando de este modo para lo que nos va a servir el comité intercentros. Lo
que más nos preocupa es que este año toca negociar y como lo hagan esta gente.
Os podéis imaginar los resultados.

Un saludo y seguiremos informando.

martes, 14 de enero de 2014

comité intercentros


Uso informa

Hola a tod@s.

Se acabo la segunda Navidad estilo lituano.

Y si algo se repite es que esta es la segunda Navidad con ellos  y que se las  han apañado para  joderlas como el  año pasado, aunque este año  por suerte no vamos a sufrir una sangría de compañer@s  en enero de este año.

Por otra parte mañana se reúne el comité intercentros  con la empresa  para aclarar lo de domingo 29. Un problema  que aquí en Cádiz por suerte  consiguió unir a los cuatro sindicatos  y provoco que plantáramos una denuncia. Que por lo que sabemos solo fue puesto también   por CGT-Málaga.

Por  lo cual no entendemos que el presidente del comité intercentros no realizara ninguna acción en su momento y se conformara con la fecha que puso la empresa. Fecha que por cierto casi se solapa con la fecha en la que esperamos que nos conteste la inspección  y una vez que esta conteste no hace falta consultar nada a la empresa.

Por lo cual este comité debería de cambiar la forma de actuar  o disolverse  viendo su utilidad.

Saludos y seguiremos informando.

 

 

jueves, 9 de enero de 2014

Real Decreto-ley 16/2013

El Real Decreto-ley 16/2013 persigue según el Ejecutivo "dar un impulso a la modalidad de contratación a tiempo parcial como vía de inserción en el mercado de trabajo, en línea con el resto de países de la zona euro". Según sostiene el Gobierno, en la actualidad, el número de contratos de esta naturaleza en España es sensiblemente inferior al de otros países europeos. Según datos de Eurostat, en España, en 2012, el 14,6% de los trabajadores estaba contratado a tiempo parcial frente a una media del 20,9% registrado en la zona euro. En estos países europeos los trabajadores a tiempo parcial son, además, parte fundamental de sectores como el del empleo doméstico o la hostelería, en los que en España aún existen grandes bolsas de empleo informal.

La Unión Europea defiende el fomento del trabajo a tiempo parcial como una manera de garantizar una "organización flexible del tiempo de trabajo de una manera que tenga en cuenta las necesidades de los empresarios y de los trabajadores", y aboga por eliminar los obstáculos administrativos o jurídicos que pudieran limitar las posibilidades del trabajo a tiempo parcial, con vistas a que esta modalidad de contrato ayude a intensificar la creación de empleo.

Gestión del tiempo de trabajo

El primer bloque de medidas contenidas en el Real Decreto-ley 16/2013 introduce una mayor flexibilidad en la gestión del tiempo de trabajo en los contratos de trabajo a tiempo parcial, al tiempo que se introducen medidas para permitir un mejor control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y evitar el fraude.

  • Se prohíbe la realización de horas extraordinarias.
  • Se podrá ampliar la jornada en el contrato de trabajo a tiempo parcial a través de las horas complementarias, en los contratos de trabajo a tiempo parcial con, al menos, diez horas semanales de promedio en cómputo anual, distinguiéndose entre:
    • Horas complementarias pactadas: de realización obligatoria para el trabajador cuando haya firmado el preceptivo pacto, estableciéndose un máximo de horas complementarias pactadas en el 30% de la jornada pactada con el trabajador, ampliable hasta el 60% por convenio, y reduciéndose el plazo de preaviso para la realización de 7 a 3 días para agilizar la organización de las empresas.
    • Horas complementarias voluntarias, que únicamente pueden ser ofrecidas por la empresa en los contratos que tengan una duración indefinida, y en las que no existe preaviso mínimo, si bien el porcentaje no podrá superar el 15%, ampliable por convenio colectivo hasta un 30%, estableciéndose la obligación de registrar día a día la jornada de trabajo, ordinaria o complementaria, para permitir un mejor control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  • Se amplía la reducción de jornada por cuidado de hijos menores de edad, de los 8 a los 12 años. La medida facilita la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, y activa la generación de empleo, ya que se posibilita celebrar contratos para complementar aquellos que se realicen a tiempo parcial.
  • Se equipara la cotización empresarial por desempleo de los contratos temporales a tiempo parcial a la de los contratos temporales a jornada completa. A partir de ahora se establece que el tipo de cotización empresarial por desempleo en los contratos temporales será única: el 6,70%.
  • Se potencia la distribución irregular del tiempo de trabajo, al permitirse regular los excesos o defectos de jornada en las "bolsas de horas" más allá del año en curso, una fórmula de flexibilidad interna que ha revelado su eficacia en sectores como el del automóvil.

Periodo de prueba

El Real Decreto-ley 16/2013 apuesta, según insiste el Ejecutivo, por el fomento de la contratación estable y la lucha contra la dualidad laboral, limitando la contratación temporal.

  • Se permite la realización del contrato indefinido de apoyo a emprendedores a tiempo parcial. Así, se reconoce además la posibilidad de disfrutar de los derechos a los incentivos fiscales y de Seguridad Social en proporción al tiempo de trabajo contratado.
  • Se limita la duración del período de prueba en los contratos temporales a un máximo de un mes en aquellos contratos de trabajo cuya duración no sea superior a seis meses.

Fomento de la empleabilidad

  • Se autoriza a las empresas de trabajo temporal para que, de la misma forma que ya celebran contratos para la formación y el aprendizaje, puedan hacer contratos en prácticas para la puesta a disposición a las empresas usuarias.
  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014 la posibilidad de celebrar contratos para la formación y el aprendizaje en materias en las que no existe título de formación profesional o certificado de profesionalidad, ni centros formativos disponibles para su impartición.
  • Se clarifica el concepto de grupo de empresas a efectos aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios.

VER REAL DECRETO
en la audiencia Nacional

USO denuncia el acuerdo laboral en supermercados El Árbol para pagar domingos con vales de compras

El sindicato considera un "ataque a los trabajadores" la medida alcanzado por el Grupo comercial, junto a las organizaciones CC OO, UGT y Fetico

 
La Unión Sindical Obrera denuncia en la Audiencia Nacional el acuerdo suscrito por El Grupo El Árbol junto a las organizaciones sindicales CC OO, UGT Y Fetico, el pasado día 29 de octubre por el cual los domingos y festivos pasan a ser abonados en vales de comida, eliminando los acuerdos autonómicos y empeorando convenios colectivos. En Cantabria, la compañía tiene 16 establecimientos y 214 trabajadores.
En este acuerdo suscrito, y que ha sido publicitado por los firmantes como muy ventajoso, es para USO un ataque a los derechos de los trabajadores y por tanto está en disconformidad con el mismo. Previo a la demanda en la Audiencia Nacional, el sindicato presentó papeleta de conciliación en el SIMA de Madrid, habiéndose celebrado éste sin acuerdo.
En este acto del SIMA al que acudió la coordinadora de Servicios de Cantabria, la sección sindical de El Árbol en USO Asturias y la empresa, esta última solicitó la renuncia a la demanda escudándose en la crisis, intentando convencer a la parte social de que es un cambio de forma en la retribución.
Esta reunión finalizó teniendo como resultado la falta de acuerdo entre las partes y quedó a expensas de la demanda interpuesta por USO en la Audiencia Nacional cuya vista se celebrará el día 3 de febrero de 2014.