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INFORMA
DESPUÉS DE LEER ESTO NO VOLVEMOS A RATIFICAR DICIENDO LA MALA SUERTE QUE
HEMOS TENIDO CON LOS REPRESENTANTES DE ESTE SINDICATO, ALGUNA GENTE DEBERÍA
REPLANTEARSE EL DISCURSO QUE ESTAN SOLTANDO, MAS DESPUÉS DE LEER ESTO, DE TODAS
MANERAS A LA VISTA DE LO QUE PASA EN LAS TIENDAS LO MISMO ES VERDAD O AQUÍ NOS DA LO MISMO
TODOCOMERCIO | SUPERCOR-OPENCOR | TIENDAS DE CONVENIENCIA
UGT firma el nuevo Convenio Colectivo de empresas Supercor y Tiendas de Conveniencia
19/02/2013 | Secretaría Federal Sectorial de Comercio de CHTJ-UGT
Tras una durísima negociación a lo largo de dos meses, esta madrugada veía finalmente la luz el nuevo Convenio Colectivo de las empresas Supercor, S.A y Tiendas de Conveniencia S.A, empresas estas que se encuentran englobadas dentro del grupo de El Corte Inglés.Con este recién nacido convenio colectivo se fija un nuevo ámbito de negociación colectiva que va a dar respuesta a los problemas de reestructuración y organización a los que se enfrentan tres formatos del grupo: Opencor, Supercor Exprés y Supercor, y que les va a permitir la competitividad necesaria en ese fragmento comercial para encarar el presente y futuro.
Los términos que se recogen en este cuerpo normativo ponen de manifiesto la apuesta por mantener, a pesar de las dificultades de la coyuntura económica en la que estamos inmersos, aquellos derechos que se habían conseguido en el histórico de los dos convenios de referencia: Convenio de Supercor y Convenio de Tiendas de Conveniencia.
De esta manera destacamos:
- Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.
- Mantenimiento de los salarios para la plantilla existente, si bien en el segundo semestre del 2015 y tras la valoración del comportamiento del negocio en ambas empresas, las partes podrán adaptar este punto a esa realidad pudiendo incorporar mejoras.
- Jornada anual fijada en 1800 horas, manteniéndose la planificación trimestral con al menos 15 días de antelación su comunicación individual.
- Se mantiene los actuales complementos salariales, de puesto de trabajo, nocturnidad, de calidad y cantidad de trabajo.
- Establecimiento de un descanso semanal de calidad. En el caso de Opencor y Supercorexprés se les garantiza 2 días libres consecutivos, disfrutando al menos de un domingo al mes. En el caso de Supercor, se mejora considerablemente el descanso con un nuevo sistema de libranzas que permite 4 sábados-domingo y 4 lunes-domingo de libranza al año, además de 2 días de libranza cada 4 semanas.
- Domingos y festivos. Queda limitado su trabajo al 75% de las aperturas, sin que sufran modificación alguna aquellos contratos que no contemplan el trabajo en domingo o festivo, que seguirán manteniendo esa condición.
- Mantenimiento de las licencias retribuidas del anterior Convenio de Supercor, salvando así la posibilidad de ir a lo recogido en el Estatuto de los Trabajadores.
- Vacaciones coincidentes con I.T: Aquel periodo vacacional coincidente con una IT (total o parcialmente), podrá ser recuperado una vez finalice su incapacidad siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses.
Desde UGT no podemos sino valorar muy positivamente la consecución de un acuerdo que garantiza la mayoría de derechos que venían disfrutando los trabajadores y trabajadoras de los convenios de procedencia y que, a día de hoy, constituye un logro, asegurando, además, con la contención de nuestra propuesta el mantenimiento del empleo. Con la firma por parte de nuestra organización evidenciamos, nuevamente, que en aquellas mesas negociadoras donde tenemos una representación decisiva nuestra labor en la negociación es una garantía en los derechos laborales.
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