El Gobierno espera aumentar en 900 millones de euros las arcas de la Seguridad Social a través de los planes de pensiones, vales guardería y otras retribuciones en especie
El Gobierno ha aprobado en el Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre que los beneficios sociales, que antes estaban exentos, comiencen a cotizar en la Seguridad Social. Una aportación que tendrán que realizar tanto empresas como trabajadores. A continuación, resolvemos las dudas sobre la nueva medida que reducirá el sueldo de los trabajadores, pero también aumentará la base para prestaciones futuras. Josep Ginesta, Director del Área laboral y Capital Humano de Ribé Salat Consulting.
¿Qué pagos empezarán a cotizar?
La reforma del Gobierno destinada a aportar fondos a las arcas de la Seguridad Social afectará a los beneficios sacociales otorgados como pluses antes exentos de cotización (en algunos casos hasta un tope). El abogado Josep Ginesta, director del área de Laboral y Capital Humano de Ribé Salat Consulting, explica a ABC que dentro de esta categoría se incluyen los pluses de transporte, la entrega de acciones de la empresa, los vales restaurante y los comedores subvencionados, las aportiones a los planes de pensiones, los seguros médicos y de accidentes y los cheques guardería.
¿Seguirán algunos conceptos exentos?
Sí, los gastos en dietas hasta un tope de 91,35 euros al días, los gastos de locomoción cuando no haya un exceso de 19 céntimos por kilómetro recorrido más otros gastos de peaje y aparcamiento, las prestaciones de la seguridad social y las horas extraordinarios.
¿Cuánto se reducirán las nóminas?
Los trabajadores con contrato indefinido verán mermados sus ingresos en un 6,35% por lo que se refiere a dichos conceptos; a los que tengan contrato temporal se les quitará un 6,40%. No afectará, sin embargo, a aquellos trabajadores con la base máxima de cotización que el Gobierno ha subido a 3.597 euros al mes.
¿Y cuánto abonará la empresa?
Tal y como explica el Ginesta, las empresas tendrán que soportar una carga del 30,90% de los importes dedicados a beneficios sociales. Una medida, que según el abogado, incrementará los costes laborales y por lo tanto, afectará de forma negativa al presupuesto de las compañías.
¿Cuándo entra en vigor?
La medida está en vigor desde el día siguiente de su publicación, el 22 de diciembre de 2013. El abogado Josep Ginesta recuerda que las remuneraciones en especie y beneficios sociales de la nómina de diciembre también deberán regularse bajo esta nueva normativa con un plazo de actualización hasta el 31 de marzo de 2014.
¿Obtiene el trabajador algún beneficio?
El fin a corto plazo es aumentar en 900 millones los fondos de la Seguridad Social y repercutirá negativamente en el poder adquisitivo de los trabajadores con sueldos medios. Sí tendrá efectos positivos a largo plazo para los trabajadores ya que se producirá un incremento en las bases de cotización de cara a percibir prestaciones en el futuro.