Hola a tod@s.
Debido a unos protocolos que llegaron a la tiendas en relación a la huelga y en el que parecía entenderse que los que fueran a la huelga no libraban, nos pusimos en contacto con nuestra asesoría jurídica y no dijeron que de eso no era así.
Si no que como ocurría desde hace tiempo por la sentencia que veréis, se nos descuenta del sueldo la parte proporcional del descanso semanal.
Ante cualquier duda o prohibición de librar en alguna tienda no dudéis en poneros en contacto con nosotros, para que nosotros hagamos lo mismo con recursos humanos.
Un saludo
---------- Mensaje original ----------
De: "a.juridica@usocadiz.es" <a.juridica@usocadiz.es>
Para: "dinosol@usocadiz.es" <dinosol@usocadiz.es>
Fecha: 28 de marzo de 2012 a las 12:25
Asunto: Re: importante
Buenos días Juamna,
Atendiendo a la Sentencia del Tribunal Supremo de 24/01/1994, se entiende
que la falta de prestación de trabajo como consecuencia de la huelga en
todos o algunos días laborables de la semana, lleva consigo la pérdida de
la parte proporcional del salario que corresponde a l os dí as de descanso
semanal .
Espero haber respondido a tu pregunta,